6 de septiembre de 2010

Recomendaciones para la prescripción de los IBP en el medio ambulatorio

La prescripción de inhibidores de la bomba de protones (IBP) en nuestro país es muy superior a la de otros países de nuestro entorno. Y sigue creciendo. En las Islas Baleares, el consumo en el medio ambulatorio —en receta oficial del ib-salut— fue de 73,48 DHD en 2008, 83,70 DHD en 2009 y 88,71 DHD en la primera mitad del año 2010. Esto quiere decir que en los primeros seis meses de este año, cada día, 88 de cada 1.000 usuarios del Servei han estado en tratamiento con un medicamento de este grupo farmacológico.

Esta sobreutilización de los IBP ya fue analizada en el número 16 del boletín El Comprimido y no es exclusiva del medio ambulatorio, sino que ocurre también en el medio intrahospitalario.

Hasta hace algún tiempo, esta situación de hiperprescripción no preocupaba a los clínicos: los IBP eran considerados unos fármacos “seguros” y muy eficaces, y su empleo se había hecho tan cotidiano que nuestros compañeros del CEVIME se llegaron a preguntar en uno de sus boletines si podíamos vivir sin ellos.

Pero la publicación de la asociación entre el empleo de los IBP y el incremento del riesgo de fracturas y de la interacción —todavía no del todo aclarada— entre estos y el clopidogrel ha hecho que saltasen las alarmas y que empezásemos a preocuparnos por las posibles consecuencias de su uso indiscriminado.

Por este motivo, y para facilitar la prescripción razonada de estos medicamentos en el medio ambulatorio, el Servei de Salut ha emitido unas recomendaciones para la prescripción de los IBP desde la atención primaria, las consultas externas hospitalarias, la prescripción al alta hospitalaria y la prescripción desde las urgencias (tanto hospitalarias como de atención primaria), que en líneas generales se pueden resumir en los siguientes puntos:
  • Los IBP se deben emplear con prudencia, limitando su prescripción a pacientes con indicación clínica clara. El empleo preventivo de los IBP en pacientes en tratamiento con AINE o antiagregantes debe limitarse a aquellos que presenten factores de riesgo gastrointestinal.
  • Valorar el empleo de anti-H2 en pacientes con dispepsia.
  • Valorar el empleo preferente de paracetamol en el dolor musculoesquelético. En caso de que esté indicado emplear un AINE, seleccionar el más seguro —ibuprofeno— siempre que sea posible.
  • Valorar el empleo de AAS como antiagregante de elección y recurrir a clopidogrel sólo en aquellos casos en los que esté justificado.
  • Emplear omeprazol como IBP de elección (salvo tratamiento concomitante con clopidogrel).
  • En pacientes en tratamiento con clopidogrel que cumplan criterios para la gastroprotección, se recomienda emplear pantoprazol como IBP de elección.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

"recomendaciones para la prescripción de los IBP desde la atención primaria, las consultas externas hospitalarias, la prescripción al alta hospitalaria y la prescripción desde las urgencias (tanto hospitalarias como de atención primaria)"

;)

El Comprimido dijo...

Hola. Entendemos que las recomendaciones para la prescripción de los IBP deben ser comunes a ambos niveles asistenciales -en lo que al paciente ambulatorio se refiere- puesto que no hay ninguna circunstacia que justifique que ni la selección del fármaco dentro del grupo, ni las características del paciente que indican elevado riesgo gastrointestinal (en las indicaciones profilácticas)sean diferentes entre la atención primaria y la atención especializada. Otra cosa son los pacientes hospitalizados, en donde gran parte de la prescripción de IBP tiene su origen en el intento de realizar una prevención de la úlcera de estrés y en donde también se emplean en el tratamiento de la HDA. Saludos.