14 de febrero de 2011

Absorbentes de incontinencia urinaria: también es necesario un uso racional (razonado)

Los productos sanitarios son los grandes olvidados de la prestación farmacéutica. No tienen detrás espectaculares campañas de promoción, ni vienen acompañados de cuidadas separatas con ensayos clínicos traducidos al castellano. Nadie repara mucho en ellos y, en ocasiones, nos olvidamos de poner en marcha nuestro juicio razonado en el momento de prescribirlos. Tampoco es frecuente la aplicación de los principios de la medicina basada en la evidencia o la elaboración de protocolos de actuación en relación con el uso de los productos sanitarios, de forma análoga a como se hace con los medicamentos. Sin embargo, el gasto que representan para el sistema sanitario es considerable y crece año a año.

Los absorbentes de incontinencia urinaria son uno de los grupos más representativos dentro de los productos sanitarios. En el Servei de Salut, se ha observado que existe una gran variabilidad en el uso de absorbentes a cargo de los diferentes equipos de atención primaria, que no se justifica por posibles diferencias en las características de la población atendida.


También se han publicado guías con recomendaciones encaminadas al uso racional de los absorbentes, para que la prescripción vaya acompañada de un juicio razonado basado en criterios científicos y en la valoración de las características del paciente y del producto.

Cada tipo de absorbente se caracteriza por su capacidad de absorción, forma, sistema de sujeción y talla. Dependiendo de la capacidad de absorción de orina se clasifican en absorbentes de goteo no financiados por el Sistema Nacional de Salud, absorbentes de día (600-900 mL), absorbentes de noche (900-1.200 mL) y absorbentes de super-noche (más de 1.200 mL). Dependiendo del tipo o de la forma de sujeción se clasifican en rectangulares, anatómicos y anatómicos con elásticos. El tipo de absorbente más adecuado para cada paciente debe escogerse según la complexión física identificando la talla, la situación de cada paciente según su movilidad y estado de consciencia y el grado de incontinencia.

La frecuencia de cambio de los absorbentes varía según el paciente, dependiendo de la cantidad de líquidos que ingiera y de otros factores. Pero si se tiene presente que la diuresis media diaria de una persona adulta se sitúa entre 1,5 L y 2 L de orina, se estima que la cantidad máxima que necesita un paciente son cuatro absorbentes al día, incluyendo un máximo de un absorbente noche o super-noche diario para el horario nocturno, como norma general.

Diferentes colectivos profesionales pueden colaborar en la promoción de un mejor uso —un uso racional— de los absorbentes urinarios. Dentro de estos colectivos, el personal de enfermería juega un papel fundamental gracias a la valoración enfermera de la incontinencia urinaria, elaborando un informe enfermero que permita la selección de la combinación de absorbentes más adecuada para cada paciente. El enfermero puede detectar incorrecciones en el uso de absorbentes, como la utilización de dos absorbentes superpuestos o de talla excesiva, el empleo de absorbentes de noche o super-noche en caso de incontinencia fecal asociada o para evitar cambios por el día y otros. También debe colaborar en el asesoramiento a la familia en el empleo adecuado de estos productos y en la resolución de los problemas derivados de su uso.

2 comentarios:

Tona dijo...

Hace años los enfermeros realizábamos una valoración del paciente, según un cálculo aproximado se indicaba número de pañales,talla, etc. no sé por qué esto se fue dejando. Teníamos que estar "pidiendo recetas al medico siempre".
Desde mi experiencia de los absorbentes deberíamos responsabilizarnos nosotros, vigilamos la piel, las lesiones por humedad, adiestramos y enseñamos en la correcta utilización y también podríamos supervisar el uso adecuado.
Muchas veces es la enfermera la que hace informes para absorbentes y el médico el que firma recetas de absorbentes, duplicamos muchas acciones, hay más ejemplos.

El Comprimido dijo...

Estoy de acuerdo contigo Tona. Posiblemente esa duplicidad se elimine cuando los enfermeros puedan prescribir efectos y accesorios, que me imagino será pronto puesto que ya se ha publicado la normativa nacional que lo regula. No obstante, ese cambio de roles debe venir acompañado de medidas que promocionen y garanticen el buen uso de los productos sanitarios (seguimiento presupuestario, indicadores asociados, guías de recomendaciones y de selección de los productos en base a criterios científico-técnicos, etc). Gracias por tu comentario. Saludos.